Qué es la ITE (Inspección Técnica de Edificios)

La Inspección Técnica de Edificios (ITE) es una inspección visual de los elementos comunes del edificio hecha por personal técnico competente (arquitecto, aparejador, arquitecto técnico, o ingeniero de edificación) y que da lugar al correspondiente informe técnico para detectar deficiencias, situaciones de riesgo y aspectos de mejora de los edificios cuando llegan a los 45 años de antigüedad.

Su finalidad es poder controlar de manera periódica el estado de los edificios con el fin de prevenir riesgos y promover la conservación, mantenimiento y mejora en materia de sostenibilidad y accesibilidad.

Por qué elegir Gestió ITE

La nostra experiència ens avala

  • Somos expertos en gestionar trámites técnicos y volcamos esta experiencia en que la ITE sea ágil, impecable y con todas los garantías de un Certificado de Aptitud favorable.
  • Hacemos inspecciones técnicas reales, in situ, hechas siempre por profesionales expertos acreditados.
  • Lo enfocamos como una oportunidad para que los edificios tengan un buen mantenimiento patrimonial, aumente el valor de sus viviendas y se reduzcan los riesgos asociados a posibles patologías. Pocas cosas son más importantes que la calidad del lugar donde vivimos, que nos debe proporcionar el máximo confort.
  • Nuestra experiencia práctica en obras de rehabilitación nos permite hacer propuestas de mejora adecuadas a cada edificio, realistas en timing y presupuestos. Esto hace que la Comunidad o propiedad, al terminar la ITE, tenga una buena planificación de lo que hay que hacer, cómo hacerlo y los costes asociados.
  • Las mejoras son una parte de la documentación entregada a la Administración y por tanto una obligación que contrae la Comunidad: por eso es clave que estén planteadas por profesionales que tengan experiencia en la ejecución.
  • No hay ninguna obligatoriedad de hacer el seguimiento de las mejoras con nosotros. Una vez se presenta el informe de la inspección técnica a la Administración, la Comunidad puede decidir realizar las reformas necesarias con quien considere más oportuno. Es por ello que nuestra labor siempre es transparente e independiente de posibles colaboraciones.
  • Somos conscientes de que una ITE conlleva molestias en la Comunidad, desde el mismo planteamiento. Por ello, desde Gestión nos ocupamos de la comunicación y coordinación que sean necesarias (asistencia a Reuniones de Comunidad, explicación del proceso, asesoramiento en la coordinación ….).

Dudas frecuentes

Es un informe técnico de las posibles deficiencias de un edificio así como las recomendaciones para subsanarlas.

Es el documento que emite la Administración a partir de la ITE, acreditando que se ha realizado la inspección y el plan de conservación y mejoras.

Si el edificio no presenta deficiencias o son muy leves, se otorga por un periodo de 10 años, pasado el cual deberá renovarse la ITE y el certificado de aptitud.

Si las deficiencias son más graves, la renovación será por una duración inferior y con revisiones para acreditar que las mejoras han sido realizadas.

La Administración. En el caso de Catalunya, es el Departament de Territori i Sostenibilitat de la Generalitat de Catalunya.

Para más información puede llamar al 012 o bien entrar en www.agenciahabitatge.cat.

Descripción del edificio, descripción de las deficiencias detectadas (calificadas según la gravedad) y recomendaciones del técnico para hacer las mejoras necesarias.

Todos los edificios plurifamiliares antes de que lleguen a 45 años de antigüedad.

Todos los edificios unifamiliares a partir de la fecha de caducidad de la cédula de habitabilidad.

Cualquier edificio que desee acogerse a programas públicos de fomento a la rehabilitación.

Los edificios que así lo determinen programas u ordenanzas locales.

Los propietarios tienen la obligación de encargar la ITE a profesionales acreditados y asumir el coste.

En el caso de edificios plurifamiliares, la obligación recae en la Comunidad de Propietarios.

Hay que presentar el informe ITE a la Administración para obtener el certificado de aptitud del edificio.

Con este certificado los propietarios deberán aprobar (si es necesario) un programa de rehabilitación, ya que las deficiencias que pueda haber se pueden afrontar en varias fases. Este programa de rehabilitación también debe contar con la supervisión de personal técnico cualificado.

Si el edificio donde está la vivienda está obligado a pasar la ITE, el propietario está obligado a entregar al comprador el certificado de aptitud y una copia del informe ITE.

No. La ITE es una inspección visual que hay que hacer en el propio edificio, y siempre por expertos cualificados.

Para un edificio de unas 15 unidades, Gestión ITE tarde aproximadamente 5 días desde su inicio hasta la presentación de la documentación a la Administración.

Recomendamos hacer ya el Informe de Eficiencia (IEE) y el Informe de Accesibilidad (IAE) que serán obligatorios en breve.

Razones para hacer la ITE

  • La primera, obviamente, es el cumplimiento de la Ley.
  • Hacer una ITE también es una oportunidad de hacer un diagnóstico del edificio y planificar las reformas necesarias, poniendo de acuerdo a toda la Comunidad de Propietarios.
  • Un edificio en mal estado es una responsabilidad por sus propietarios, por lo tanto la ITE permite reducir riesgos y responsabilidades durante los 10 años de garantía del certificado de aptitud (ascensores defectuosos, desprendimientos de fachada …)
  • Un edificio con un buen mantenimiento y en buen estado incrementa el valor de cada uno de sus viviendas
  • Por todos estos motivos es importante hacer la ITE con un equipo experto y homologado, que dará plenas garantías de su inspección y propondrá las mejoras más adecuadas y un buen plan de reformas.

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Para contactar con nosotros por la ITE nos puedes llamar al 93 277 81 61 o rellenar el siguiente formulario y en breve contactaremos contigo.

    La ITE se llevará a cabo por un arquitecto, aparejador, arquitecto técnico, ingeniero de la edificación o graduado en ciencias y tecnologías de la edificación, colegiados, que disponen de seguro de responsabilidad civil vigente y que no incurre en ninguna incompatibilidad, prohibición o inhabilitación para el ejercicio profesional.
    El precio incluye la tramitación del informe de inspección técnica del edificio (IITE) junto con la solicitud de emisión del certificado de aptitud que deben presentarse ante la Agencia de la Vivienda de Cataluña o de las administraciones locales que hayan decidido emitir certificados de aptitud. Segun la LEY 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda. (5044  núm. DOGC  publicado el  09/01/2008 ), decretos y resoluciones posteriores y anexos.